La regulación enfrenta un importante desafío, ya que la IA como cualquier herramienta carece de intenciones
Ahora que muchos países están en proceso de regular la IA, resulta muy interesante el planteamiento que hacen académicos de la Universidad de Yale (Escuela de Derecho), Ian Ayres y Jack M. Balkin, en su paper The Law of AI is the Law of Risky Agents without Intentions, sobre algunos aspectos que deben considerarse al momento de su regulación.
La regulación enfrenta un importante desafío, ya que la IA como cualquier herramienta carece de intenciones y por lo tanto al momento de determinar responsabilidades el problema no está en la IA. Lo que proponen es que se deben establecer estándares objetivos, y la IA debe ser considerada como un agente riesgoso sin intenciones.
Por lo tanto, la responsabilidad final debe recaer en las personas y organizaciones que utilizan dicha tecnología. Este enfoque, asegura que las personas y las organizaciones sean responsables de las acciones y riesgos que plantea el uso de la IA.
Esto es, la falta de intenciones de la IA significa que debe ser regulada a través de estándares objetivos para mitigar los riesgos para la sociedad.
Algunos ejemplos de ello, por ejemplo desde un punto de vista de las alucinaciones y el contenido difamatorio, deben ser reguladas responsabilizando a los diseñadores y usuarios por negligencia en el diseño y uso.
En el caso del derecho de autor, la IA carece de la intención de infringir esos derechos, por las personas que diseñan y usan la IA pueden ser responsables. Las soluciones deben incluir licenciamiento de uso de propiedad intelectual, y filtros para evitar que la IA genere contenido amparado por propiedad intelectual de un tercero.
Por lo tanto, una regulación efectiva de la IA debe centrarse en la responsabilidad de las personas involucradas en su despliegue y uso, asegurando que los riesgos se gestionen a través de estándares legales objetivos.
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Fuente: Alejandro Barros (Cuidados en la regulación de la IA).